De conformidad con lo dispuesto por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario en la Resolución No. 2 del 15 de abril de 2013, en concordancia con lo dispuesto por el Comité del ICR en Acta No. 33 del mismo mes y año, por medio de la presente Circular Reglamentaria se efectúan las siguientes modificaciones al Manual de Servicios de FINAGRO: CAPITULO - I CREDITO AGROPECUARIO Y RURAL
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