Tribunal de Cundinamarca rechazó demanda de Fedegán

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El Ministro Iragorri acatará el fallo, que a su concepto beneficia a todos los ganaderos de Colombia, que buscaba obligar al Gobierno a celebrar un nuevo contrato para la administración de la cuota ganadera con Fedegán.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la pretensión de la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán) de apropiarse exclusiva y permanentemente del manejo y administración de la cuota de fomento ganadero y lechero, para lo cual había demandado al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, valiéndose de argumentos que no fueron aceptados en la decisión judicial vinculante.   

El Tribunal, mediante fallo del nueve de febrero del presente año, denegó la demanda interpuesta por Fedegán en contra del Ministerio de Agricultura, con la cual buscaba obligar a la cartera a  contratar al gremio y continuar administrando la cuota, argumentando una interpretación errónea del Artículo 7 de la Ley 89 de 1993, que el alto Tribunal rechazó.  

Al respecto el Ministro Iragorri manifestó que acatará el fallo, que a su concepto beneficia a todos los ganaderos y que valida  la decisión del Gobierno al intervenir el Fondo Nacional del Ganado (en liquidación) y no renovar el contrato con Fedegán, que tuvo la administración durante 20 años, ante la posibilidad de que los recursos que manejaba y que le pertenecen a los 450 mil ganaderos de Colombia se perdieran, en vista de la quiebra financiera del mismo.

En tal sentido, el funcionario recordó que asumió la administración temporal del FNG (liquidación), a través de un encargo fiduciario celebrado con Fiduagraria S.A. y que el motivo principal para ello fue la posibilidad de que los recursos que aportan los ganaderos, y que les pertenecen, se perdieran  a raíz de la mala decisión del anterior administrador del Fondo (Fedegán), de adquirir acciones de Friogan S.A., el cual fue incluido en el régimen de la Ley 1116, que lo puso en riesgo inminente al ser el propietario del 78 por ciento de las acciones. 

En el fallo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca señala que a la Federación Colombiana de Ganaderos no le asiste la razón en cuanto a lo expresado en el Artículo 7 de la Ley 89 de 1993, debido a que el único mandato al Ministerio de Agricultura establecido en la norma la celebración de un contrato con la Federación el cual no debía tener una duración mínima de 10 años, lo cual la cartera ministerial cumplió a satisfacción con la celebración del contrato 017 de 1993 (diez años) y la posterior suscripción del contrato 026 de 2004.

Es importante anotar que el Tribunal, tomando en cuenta los requisitos mínimos de la acción de cumplimiento de que habla el artículo 87 de la Constitución y la legislación vigente, manifiesta que la Ley de ninguna manera expresa mandamiento al Ministerio sobre la permanencia, la perpetuidad  o la obligación de contratar única y exclusivamente con este gremio.

De igual forma, el laudo expresa la facultad del MinAgricultura para asumir la administración y recaudo y adelantar el proceso de contratación de una fiducia para la administración y recaudo de las contribuciones parafiscales cuando la entidad administradora no está en condiciones de garantizar el cumplimiento de las reglas y políticas fijadas, como ocurrió con el Fondo Nacional del Ganado, bajo la administración de Fedegán.   

"Cuando decidimos tomar el ‘toro por los cachos’, lo hicimos teniendo en cuenta los intereses de miles de ganaderos, productores de carne y leche, que gracias a sus aportes nutrían un Fondo Parafiscal que manejaba millonarios recursos, y que debido a acciones erróneas entró en un proceso que terminó en la liquidación por parte de la Superintendencia de Sociedades”, manifestó el Ministro Iragorri, al tiempo que dijo rechazo los ataques, especulaciones, argucias, desinformaciones contra el Gobierno adelantadas por aquellos que llevaron al FNG al caos y que es de amplio conocimiento de la opinión pública.

La justicia se ha encargado de ratificar que los recursos públicos de la parafiscalidad, que aportan los productores de leche y carne, le pertenecen a las más de 450 mil familias que hacen parte del sector ganadero y no solo a unos que se consideraban ‘vacas sagradas.  Su administración le corresponde a un gremio o asociación, que los represente a todos y los incluya democráticamente, agregó.

El jefe de la cartera agropecuaria, indicó que el MinAgricultura, continuará  garantizando que estos recursos de naturaleza pública beneficien a la totalidad de los ganaderos de Colombia.  En tal sentido, se constituyó La Cuenta Nacional de Carne y Leche (CNCC) para continuar con el recaudo y administración de la cuota de fomento ganadero y lechero y la ejecución de los programas para los cuales se ha destinado en la Ley, siendo prioridad la erradicación de fiebre aftosa y brucelosis bovina.

Finalmente el ministro Iragorri, dijo que la administración de estos recursos retornará muy pronto a los ganaderos y dio un parte de tranquilidad en el impecable manejo que se ha hecho de la cuenta que permitió ahorros, en un solo año, superiores a $20 mil millones en nómina, gastos operativos y administrativos; además, destacó la disminución del 15 por ciento del costo de La vacuna de aftosa que se le cobra a los ganaderos.

FUENTE Ministerio de Agricultura y Desarrollo rural MADR