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Fecha de Notificación


Por medio de la presente circular reglamentaria,se establece que para efectos del registro de las operaciones en Finagro, durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2019, los Intermediarios Financieros podrán continuar utilizando el listado de destinos de crédito actualmente vigente o usar el listado de destinos adoptado mediante la Circular Reglamentaria P-13 del 1 de abril de 2019.

A partir primero (1) de enero del 2020 solo se podrá registrar operaciones bajo el nuevo listado destinos de crédito.

Consulte aquí los nuevos destinos de crédito: https://apl.finagro.com.co/BusquedaDestinos/

Circular Reglamentaria P-39 de 2019

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