Por la cual se informa la modificación al título 5 del Manual de Servicios numeral 14, donde se adiciona la causal de cancelación anticipada (novedad) de una obligación en condiciones FINAGRO por parte del intermediario financiero la siguiente:
90 – Cancelación con recursos que no provienen de Líneas Especiales de Crédito.
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Circular 34 | 172.53 KB |