Por medio de la siguiente circular se reglamenta, la Línea de Crédito para Financiar el Pago de Pasivos No Financieros a cargo de Productores agropecuarios, acuícolas, piscícolas y pesqueros en lo departamentos de Guaviare, Meta y los municipos de Medina, Quetame, Paratebueno y Guayabetal (Cundinamarca) y Villanueva (Casanare) afectados por el cierre de la Vía al Llano.
La reglamentación correspondiente se incorpora en el numeral 5 Capítulo Segundo, Título Primero del Manual de Servicios, el cual se adjunta a la presente circular.
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Título primero Capítulo 2 Numeral 5 | 622.5 KB |