Circular Reglamentaria P-19 2014
Por la cual se da apertura al rubro y códigos de norma legal Factoring Agropecuario y a la Línea normalización de pasivos financieros no redescontados o registrados en FINAGRO.
Por la cual se da apertura al rubro y códigos de norma legal Factoring Agropecuario y a la Línea normalización de pasivos financieros no redescontados o registrados en FINAGRO.
Por medio de la cual se informa a los intermediarios financieros que se adicionan dentro del CAPÍTULO IV – Incentivos, Título II ICR Especial para renovación de cultivos perenes por afectación fitosanitaria, el listado de materiales tolerantes o resistentes a la causa de la afectación fitosanitaria.
Por medio de la cual se informa a los intermediarios financieros que dentro de las líneas de capital de trabajo ha sido modificado el Cuadro N° 1.2, Anexo III, Capítulo I – Crédito Agropecuario y Rural.
Por medio de la cual se informa a los intermediarios financieros que ha sido creado el rubro denominado Compra de Insumos, a través del cual se pueden continuar financiando los recursos necesarios para que los productores agropecuarios adquieran los insumos requeridos en sus unidades productivas.
Por medio de la cual se modifica el monto de crédito que se puede otorgar por beneficiario por la Línea Especial para el pago de pasivos correspondientes a insumos directamente relacionados con la actividad agropecuaria o pesquera, reglamentada en el título XI del Capítulo V del Manual de Servicios.
Por medio de la cual se modifica el Título III del Capítulo II del Manual de Servicios, para establecer, con los recursos recibidos de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, un subsidio de tasa para los proyectos desarrollados por la población calificada como víctima del conflicto armado interno, incluida la perteneciente al pueblo Rrom o Gitano y la desplazada.
Por medio de la cual se establece la funcionalidad del Banco de Proyectos para el manejo del Certificado de Incentivo Forestal (BPCIF).
Con la cual se abre el ICR para proyectos ejecutados por Medianos Productores que contemplen inversiones en Adecuación de Tierras y Manejo del Recurso Hídrico y Maquinaria de uso agropecuario, y se modifica el Capítulo IV del Manual de Servicios para incluir el porcentaje de reconocimiento del ICR para proyectos ejecutados bajo esquemas asociativos.
Por medio de la cual se abre la Línea Especial de Crédito para financiar los proyectos agropecuarios y rurales desarrollados por Comunidades Negras, en las condiciones dispuestas en el Título X del Capítulo V del Manual de Servicios.
Por medio de la cual se establece un plazo especial para el pago de las garantías y se ajusta el cuadro de coberturas y comisiones del FAG.