MinAgricultura actualiza la definición del pequeño productor

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  • "Con estas medidas vamos avanzando en el camino para garantizar el financiamiento del plan Colombia Siembra, con lo que buscamos que  más productores puedan acceder a los incentivos del Gobierno”, explicó el Ministro Iragorri.
  • La nueva clasificación duplica el valor de los activos para los pequeños productores: pasan de $93 millones a $183 millones.

Atendiendo el llamado de los agricultores, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Aurelio Iragorri Valencia, informó que ya está listo el decreto que cambia la definición del pequeño productor, lo que permitirá que más productores se beneficien de las condiciones especiales de los diferentes instrumentos administrados por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario-FINAGRO como lo son el crédito, las garantías e incentivos que ofrece el Gobierno Nacional.

Según explicó el Ministro, el monto que existía para la definición del pequeño productor (activos totales no superiores a 145 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV, es decir $93.430.750), "estaba desactualizado y no correspondía a la realidad del campo Colombiano”.

Con esta medida del Gobierno Nacional, productores que antes eran clasificados como medianos pasarán a ser pequeños. "Un gran número de productores no estaban siendo clasificados como pequeños sino como medianos debido al alto valor de sus predios, sin que ello correspondiera a su capacidad real de generar ingresos” afirmó el Ministro.

Esto permite que los productores se beneficien de mejores condiciones en los diferentes instrumentos de financiamiento y herramientas de apoyo como los seguros agropecuarios, las líneas especiales de crédito y especialmente al Incentivo a la Capitalización Rural, que es una de las principales herramientas para incentivar la inversión en el campo.

Por ejemplo, ahora los medianos que antes eran pequeños podrán tener los siguientes beneficios: si un productor desea acceder al ICR el porcentaje de reconocimiento es del 40% para el pequeño productor y del 30% para el mediano. Lo mismo ocurre en el caso de seguros agropecuarios, se otorga hasta el 80% del incentivo sobre el costo del seguro, para pequeños es del 80% y para medianos y grandes del 70%.

Es importante aclarar que el cambio aplica para los créditos e incentivos nuevos que se adquieran desde la expedición del Decreto, es decir que los que se suscribieron antes de la expedición del mismo deben terminar de liquidar sus pagos según la clasificación que tuvieron en el momento de solicitar los beneficios.

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