Circular Reglamentaria P-10 2015
Por medio de la cual se efectúan unas modificaciones al Capítulo IV del Manual de Servicios con el fin de facilitar el acceso al ICR.
Por medio de la cual se efectúan unas modificaciones al Capítulo IV del Manual de Servicios con el fin de facilitar el acceso al ICR.
Por medio de la cual se establece el Instructivo Técnico del Programa del Seguro Agropecuario para la vigencia de 2015.
Por medio de la cual se da apertura al Incentivo a la Capitalización Rural y se modifica el Capítulo IV del Manual de Servicios de FINAGRO.
Por medio de la cual se aplaza la entrada en vigencia del Nuevo Modelo del Fondo Agropecuario de Garantías - FAG, hasta el 1º de julio de 2015.
Por medio de la cual se adopta el nuevo Manual de Servicios que empezará a regir el 1º de julio de 2015.
Por medio de la cual se crea un Programa Especial del Fondo Agropecuario de Garantías - FAG, para respaldar los créditos otorgados para la adquisición y/o reparación y mantenimiento de las artes (redes), equipos y embarcaciones pesqueras y de cabotaje, específicamente de Buenaventura.
Por medio de la cual se modifica el Capítulo I para informar cuáles son las Zonas de Reserva Campesina que a la fecha se encuentran constituidas por el INCODER.
Por medio de la cual se establece el Reglamento Operativo del Fondo Agropecuario de Garantías - FAG, aplicable a las operaciones realizadas a través de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. BMC.
Por medio de la cual se modifican los Capítulos III y V, al igual que el Anexo 2.1 del Capítulo I del Manual de Servicios, para reglamentar los créditos que se pueden otorgar a través de la Línea de Crédito para financiar el pago de pasivos no financieros a cargo de productores agropecuarios con terceros, destinados al financiamiento de la actividad agropecuaria, vencidos al 31 de diciembre de 2013.
Por medio de la cual se modifica el Capítulo I y su Anexo, para eliminar monto mínimo de crédito, ajustar el valor de los salarios mínimos que definen tipo de productor y el monto máximo de crédito, y establecer tasa de interés para créditos de pequeños productores en zonas de reserva campesina y cobertura del 100% de financiación para los créditos de capital de trabajo de medianos y grandes productores.